4 Recomendaciones para garantizar los derechos de la niñez
En el derecho internacional de
los derechos humanos se realiza un claro reconocimiento a la condición especial
que tienen los niños, niñas y adolescentes debido a su
situación de personas en desarrollo y crecimiento. Este reconocimiento se
acompaña del establecimiento de un deber por parte de los Estados de protección
especial y reforzada hacia ellos y ellas, del cual se deriva el principio del
interés superior del niño que supone la obligación de los Estados de adoptar
decisiones y de priorizar las intervenciones que favorezcan la realización de
los derechos de los niños, niñas y adolescentes, así como su protección.
Para lograr lo anterior, la
Comisión Interamericana de Derechos Humanos presentó el informe “Garantía dederechos a niñas, niños y adolescentes” en donde realiza las siguientes recomendaciones
dirigidas especialmente a los gobiernos con la finalidad de implementar
políticas nacionales y regionales de protección:
1) Crear una Política Integral de la Niñez que otorgue centralidad normativa, programática e institucional a los
niños, niñas y adolescentes y a sus derechos. Esto implica reconocerlos como titulares
de todos los derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales, y entender
la protección de sus derechos como un continuum y no como intervenciones
aisladas y desconectadas.
2) Incluir en la Política Nacional
para la Niñez objetivos concretos en relación con los derechos
civiles, políticos, económicos, sociales y culturales para todos las niñas, niños y adolescentes,
prever indicadores que permitan el seguimiento de su cumplimiento, así como
estrategias y plazos temporales realistas para su consecución. Debe servir como
un verdadero instrumento de planificación para la gestión administrativa,
institucional y financiera, permitiendo la organización de modo racional,
coordinado y realista, de un conjunto de recursos materiales y humanos,
estrategias y acciones, sostenidos en el tiempo, de diferentes sectores e
instituciones, en pos de la consecución de los fines establecidos, y además
permitir el monitoreo y la rendición de cuentas.
3) Introducir el principio del
interés superior del niño como una consideración principal en todas las
decisiones que se adopten que afecten a las niñas, niños y adolescentes, así
como adoptar las medidas necesarias para velar que este interés sea
efectivamente valorado y justificado objetivamente, además de adoptar una
perspectiva de género e intercultural.
4) Crear los medios para que esta
política tenga un carácter integral, sistémico, multifacético, intersectorial y
participativo, tanto en el momento de su formulación, como en el proceso de
implementación, monitoreo y evaluación de la misma. Esta recomendación tiene
evidentes implicancias en la dimensión institucional puesto que requiere
determinadas condiciones de coordinación tanto horizontal (intersectorial) como
vertical (entre niveles de gobierno), y de un ente responsable de la
coordinación.
¿Qué son los derechos humanos?
Los mejores cursos para abogados y estudiantes de Derecho: