¿Cómo se interpretan las normas jurídicas?
¿Cómo se interpretan las normas jurídicas?
Miguel Carbonell.
Director del Centro de
Estudios Jurídicos Carbonell.
La operación más básica que debemos hacer los abogados es la
interpretación de las normas jurídicas. No importa a lo que nos dediquemos dentro
del enorme universo de “profesiones jurídicas”, es seguro que si queremos tener
éxito profesional tenemos que aprender a interpretar bien las normas jurídicas.
¿Cómo hacerlo?
En primer lugar hay que tener en cuenta que la interpretación
jurídica es un tipo específico de actividad intelectual que se ubica dentro de
la categoría más amplia de la interpretación en general. Recordemos que, en
términos generales, se pueden interpretar hechos, acontecimientos históricos o
sociales, o –finalmente- textos. La interpretación jurídica es fundamentalmente
de carácter textual, aunque también los abogados deben ser capaces de hacer la
interpretación de los hechos que son relevantes en un caso concreto.
En segundo lugar hay que tener presente que la interpretación
se requiere en todos los casos que debemos atender como abogados. Hay quienes
dicen que solamente se requiere interpretación cuando estamos en presencia de
“casos difíciles”, ya que para los “casos fáciles” solamente basta con que
apliquemos sin más las normas jurídicas. Pero la pregunta relevante para
quienes piensan así es: ¿cómo saben que un caso es “fácil” y que, por tanto,
según ellos no requiere de interpretación? ¿acaso la clasificación de un caso
como “fácil” o “difícil” no presupone que se ha llevado a cabo una
interpretación? Desde mi punto de vista la interpretación es una condición para
que se pueda aplicar una norma jurídica a un caso concreto. No puede haber
aplicación normativa, sin interpretación normativa.
Sobre el tema que nos ocupa podemos decir que hay varios
tipos de interpretaciones, dependiendo del sujeto que las lleve a cabo. Por
ejemplo, hay interpretación auténtica (que es la que realiza el autor de la
norma), interpretación oficial (que es la que lleva a cabo un órgano del
Estado, facultado para tal efecto), interpretación judicial (la realizada por
los jueces) e interpretación doctrinal (la que llevan a cabo los juristas en
sus clases, libros, conferencias, etcétera).
En México encontramos varias normas jurídicas que se refieren
a la manera en que se debe realizar la interpretación por parte de abogados,
jueces y demás operadores de nuestro Estado de derecho.
Por ejemplo, en el artículo 1 párrafo segundo de la
Constitución mexicana encontramos los principios de interpretación conforme y pro
persona, que han sido ampliamente utilizados por los jueces para resolver
asuntos de índole constitucional o bien en otras materias (libros de derecho constitucional).
Otro ejemplo: en el artículo 14 párrafo tercero la
Constitución nos suministra algunas pautas para interpretar las normas penales (libros de derecho penal).
Lo hace a través del establecimiento de los principios de reserva de ley,
prohibición de analogía y taxatividad. Cada uno de estos principios tiene
profundas consecuencias prácticas para quienes se dedican al derecho penal.
Un tercer ejemplo: en el artículo 14 párrafo cuarto de la
Constitución encontramos la forma en que debemos interpretar las normas en
materia civil (la jurisprudencia ha definido a la materia civil como todo
aquello que no sea materia penal o derecho administrativo sancionador, por lo
que se incluye derecho laboral, mercantil, familiar, etcétera).
En las normas internacionales tenemos algunas pautas de
interpretación jurídica en el artículo 29 de la Convención Americana de
Derechos Humanos (documentos básicos del sistema interamericano). Y en el plano doméstico, además de lo que ya hemos dicho,
conviene revisar también los artículos 18, 19 y 20 del Código Civil de la
Ciudad de México.
La interpretación
jurídica se complica cuando en un ordenamiento jurídico existen lagunas y
antinomias. Las primeras se presentan cuando no existe alguna norma expresa que
nos permita resolver un caso concreto (para resolverlo tenemos entonces que
acudir a normas “implícitas”). Las antinomias por su parte se refieren a las
contradicciones entre normas; se producen por ejemplo cuando una norma dice que
el comportamiento X está permitido y otra dice que el mismo comportamiento está
prohibido.
También se vuelve mucho más complicada la interpretación de
normas cuando debemos hacer una “ponderación” de derechos (sobre la ponderación) o cuando resulta
indispensable llevar a cabo un análisis de proporcionalidad. No son tareas
sencillas, pero todo abogado debe dominar esas técnicas de interpretación si
quiere tener éxito profesional.
Prepararse para interpretar correctamente las normas
jurídicas es algo que todos los que se dedican al derecho deben hacer. Para
ello resulta indispensable que, desde que son estudiantes, busquen libros,
artículos y jurisprudencia sobre el tema, ya que representa una de las mejores
inversiones de tiempo y dinero que puedan hacer a lo largo de su carrera.
Para seguir aprendiendo sobre el tema te recomiendo
la lectura del libro “¿Cómo se interpretan las normas jurídicas?” de Riccardo
Guastini. Lo hemos publicado en el Centro de Estudios Jurídicos Carbonell;
puedes adquirir un ejemplar escribiendo a centrocarbonell@gmail.com Tenemos
envíos a toda la República de ese título y de todas las demás obras que
conforman nuestro fondo editorial.
Libros que todo abogado debe leer.