Cómo garantizar el derecho a la identidad

El registro de nacimiento es el acto jurídico a través del cual el Estado cumple con la obligación de garantizar a todas las personas el derecho a la identidad, al nombre y a su filiación familiar, cultural y nacional. A través de este acto, el Estado también garantiza a una persona el reconocimiento administrativo de su existencia y personalidad jurídica. 

Una niña o niño que no es registrado y no cuenta con un acta de nacimiento, no tiene identidad legal. Esto limita sus posibilidades de acceder a otros derechos a lo largo de su vida, como son el derecho a la protección, a la educación y a la salud, impidiendo su inclusión en la vida económica, política y cultural del país. El no tener un registro y un acta de nacimiento se convierte así en un factor de exclusión y discriminación. 

El registro del nacimiento es un derecho humano reconocido por diversos tratados e instrumentos internacionales ratificados por México, pero también por el marco jurídico nacional, tanto por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos como por la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes. 

El 97.9% de todas las personas que residen en México cuenta con registro de nacimiento. Sin embargo, sólo el 45.7% de las niñas y niños de entre 0 a 60 días cuentan con registro de nacimiento; mientras que ese porcentaje es de 84.6% hasta antes de cumplir el primer año de vida y del 95.8% para las niñas y niños menores de 5 años. 

En ese sentido, México tiene que avanzar en la cobertura del registro oportuno de nacimiento para lograr que la totalidad de las niñas y niños del país sean registrados lo antes posible para poder ejercer sus derechos, en cumplimiento del artículo 4 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la meta 16.9 de los Objetivos de Desarrollo Sostenible. 

Si bien, en términos generales, los esfuerzos gubernamentales se han traducido en grandes avances en términos de cobertura de registro de nacimiento, aún quedan importantes brechas por cerrar. Una de las más destacables es que seis de cada 10 personas sin registro en el país, es un niño, niña o adolescente. La otra es que el 22.7% del total de personas que no cuentan con registro de nacimiento en el país se identifican como indígenas. La tercera es que, en términos generales, las bajas tasas de cobertura del registro de nacimiento se concentran en municipios con altos índices de marginación, así como en poblaciones indígenas, principalmente en los estados del sur del país. 

La UNICEF hace las siguientes recomendaciones para que México logre garantizar al 100% el derecho a la identidad, y que se puedan superar los obstaculos y desafíos que actualmente atraviesa nuestro país en esta materia: 

  • Los Congresos estatales deben ajustar los marcos normativos locales al texto Constitucional en materia de derecho a la identidad (artículo segundo transitorio del Decreto por el cual se adiciona el artículo 4o de la CPEUM), a fin de garantizar la gratuidad del registro de nacimiento para todas las personas, independientemente de su edad, tiempo o lugar en que se haya registrado o circunstancias particulares del acto registral. Esto con la finalidad de remover los obstáculos económicos, cobros y multas, que afectan en mayor medida a las familias en situación de pobreza o alta marginación. 

  • Los gobiernos estatales deben estandarizar y simplificar los procedimientos para realizar el registro de nacimiento, lo cual implica, entre otras cosas, realizar el registro el mismo día y de manera breve, solicitar únicamente la documentación indispensable (certificado de nacimiento, copia certificada del acta de nacimiento de mamá y papá, identificación oficial de la persona que va a registrar, comprobante de domicilio reciente), ofrecer alternativas a los documentos que las familias no puedan reunir, así como facilitar la expedición gratuita de las constancias de inexistencia de registros previos, a fin de que el proceso del acto registral sea efectivamente gratuito. 

  • Las direcciones estatales del registro civil, principalmente de aquellas entidades del sur y con población indígena, deben implementar políticas y estrategias para lograr la cobertura universal del registro de nacimiento, con enfoque de equidad, pertinencia cultural y lingüística, y participación comunitaria. Asimismo, debe considerarse a esta población como de atención prioritaria al momento de planear las intervenciones en materia de registro de nacimiento. Existe suficiente evidencia para realizar acciones afirmativas sostenibles que redunden en la garantía del derecho a la identidad (ver por ejemplo: Estudio nacional de buenas prácticas). 

  • Los gobiernos estatales deben fortalecer la labor de las brigadas y unidades móviles del registro civil, especialmente en localidades sin o con bajo acceso a oficialías y módulos del registro civil. En este marco, es altamente pertinente recurrir a la suma de esfuerzos entre distintas autoridades (por ejemplo: salud, educación, desarrollo social, asistencia social, protección a la infancia, etc.) para beneficiar a más personas con los servicios públicos, hacer más eficientes las jornadas itinerantes y disminuir los costos económicos asociados a la realización de una brigada móvil. 

  • Las autoridades del sector salud y las del registro civil deben fortalecer su coordinación interinstitucional para desarrollar estrategias permanentes de promoción del registro de nacimiento, a través de la apertura de módulos del registro civil en clínicas y hospitales, así como con la divulgación de información sobre los beneficios y requisitos del registro de nacimiento entre la población usuaria de los servicios de salud. 

  • El Gobierno Federal debe proponer programas y estándares nacionales que den respuesta a los desafíos descritos en este informe, especialmente los relacionados con la cobertura del registro oportuno de nacimiento, su gratuidad y el acceso universal a este derecho para todas las personas. 


  • El Instituto Nacional de Estadística y Geografía debe mantener y fortalecer el monitoreo de la cobertura del registro de nacimiento a través de la inclusión, en encuestas nacionales demográficas así como censos de población, de preguntas relacionadas tanto con el estatus del registro de nacimiento de toda la población, así como de las razones para el no registro. 

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