Requisitos de una demanda de amparo indirecto
El amparo indirecto procede:
1) Contra normas generales que por su sola entrada en vigor o con motivo del primer acto de su aplicación causen perjuicio al quejoso.
2) Contra actos u omisiones que provengan de autoridades distintas de los tribunales judiciales, administrativos o del trabajo.
3) Contra actos, omisiones o resoluciones provenientes de un procedimiento administrativo seguido en forma de juicio.
4) Contra actos de tribunales judiciales, administrativos, agrarios o del trabajo realizados fuera de juicio o después de concluido.
Un buen abogado es aquel que domina el amparo, especialmente en cuanto a la redacción de demandas y determinación de los conceptos de violación, utilizando estándares convencionales y todos los avances que la jurisprudencia de la SCJN ha desarrollado.
A continuación, encontrarán los requisitos indispensables que toda demanda de amparo indirecto debe llevar:
- Nombre y domicilio del quejoso (convencional o procesal)
- Nombre y domicilio del tercero interesado (convencional o procesal)
- Determinación de las autoridades responsables.
- Determinación del acto reclamado.
- Antecedentes del acto reclamado bajo protesta de decir verdad.
- Artículos constitucionales que contienen los derechos humanos violados.
- Artículos en tratados internacionales que contienen los derechos humanos violados.
- Precisar, en su caso, las violaciones a competencias federales – locales.
- Los conceptos de violación.
- Solicitar, en su caso, la suspensión del acto reclamado.
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Diferencia entre amparo directo y amparo indirecto
Diferencia entre amparo directo y amparo indirecto