Requisitos de una demanda de amparo indirecto

El amparo indirecto procede:

1) Contra normas generales que por su sola entrada en vigor o con motivo del primer acto de su aplicación causen perjuicio al quejoso.
2) Contra actos u omisiones que provengan de autoridades distintas de los tribunales judiciales, administrativos o del trabajo.
3) Contra actos, omisiones o resoluciones provenientes de un procedimiento administrativo seguido en forma de juicio.
4) Contra actos de tribunales judiciales, administrativos, agrarios o del trabajo realizados fuera de juicio o después de concluido.

Un buen abogado es aquel que domina el amparo, especialmente en cuanto a la redacción de demandas y determinación de los conceptos de violación, utilizando estándares convencionales y todos los avances que la jurisprudencia de la SCJN ha desarrollado. 
A continuación, encontrarán los requisitos indispensables que toda demanda de amparo indirecto debe llevar: 
  • Nombre y domicilio del quejoso (convencional o procesal)
  • Nombre y domicilio del tercero interesado (convencional o procesal)
  • Determinación de las autoridades responsables. 
  • Determinación del acto reclamado.
  • Antecedentes del acto reclamado bajo protesta de decir verdad. 
  • Artículos constitucionales que contienen los derechos humanos violados.
  • Artículos en tratados internacionales que contienen los derechos humanos violados.
  • Precisar, en su caso, las violaciones a competencias federales – locales. 
  • Los conceptos de violación. 
  • Solicitar, en su caso, la suspensión del acto reclamado. 

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Diferencia entre amparo directo y amparo indirecto 



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