Estructura y funcionamiento del Poder Judicial de la Federación.


Estructura y funcionamiento del Poder Judicial de la Federación. 

El Poder Judicial de la Federación (PJF) se integra por:

1) la Suprema Corte de Justicia de la Nación,
2) el Consejo de la Judicatura Federal (CJF),
3) el Tribunal Electoral del PJF (TEPJF),
4) los tribunales plenos de circuito,
5) los tribunales colegiados de circuito,
6) los tribunales unitarios de circuito y
7) los juzgados de Distrito.


Al cierre de 2015 se registró un total de 818 órganos jurisdiccionales que integraron el PJFDe éstos, tres pertenecen a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que son el Pleno, Primera Sala y Segunda Sala; sieteal Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, que se distribuyen entre la Sala Superior y las salas regionales; y 808 correspondieron a tribunales colegiados de circuito, tribunales unitarios de circuito y juzgados de distrito.

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En la SCJN el Pleno se encuentra integrado por 11 ministros al cierre del año 2015; el TEPJF, por seis magistrados de Sala Superior; y el CJF, por siete consejeros. Es importante señalar que el Presidente de la SCJN funge también como Consejero Presidente del CJF.

Además de la cantidad de integrantes de cada Pleno, el INEGI informa que, de los 11 ministros de la SCJN, cuatro contaban con licenciatura, dos con maestría y cinco con doctorado. En el TEPJF, dos magistrados tenían licenciatura y cuatro más tenían doctorado. Y en el CJF, tres consejeros tenían estudios de licenciatura, dos de maestría y dos más de doctorado. De este modo, el 48.5 por ciento de los integrantes de los tres plenos, contaba con escolaridad a nivel doctorado.

Atendiendo a la edad, un integrante del Pleno de la SCJN tenía entre 40 y 49 años de edad; ocho, entre 50 y 59 años; y dos reportaron una edad de 60 años o más. En el TEPJF, dos magistrados estaban en un rango de edad entre 40 y 49 años; uno, entre 50 y 59 años; y tres tenían 60 años o más. Por último, en el Pleno del CJF, un integrante tenía entre 40 y 49 años; tres, entre 50 y 59; y tres, 60 años o más. Así, el rango de edad más frecuente entre los integrantes de los plenos fue el de 50 a 59 años, con 50 por ciento.

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Hay 18 magistrados de salas regionales del TEPJF710 magistrados de tribunales colegiados de circuito, 94 magistrados de tribunales unitarios de circuito y 442 jueces de distrito. En cuanto al grado de estudios, 50.5 por ciento del total (638) contaban con licenciatura, 38.4 por ciento (485) con maestría y 11.2 por ciento (141) con doctorado.

Menos del nueve por ciento (108) de la totalidad de magistrados y jueces referidos tenía de 30 a 39 años; 32 por ciento (404), de 40 a 49 años; 35.8 por ciento (453), de 50 a 59 años; y 23.7 por ciento (299) contaba con 60 años o más.


Al cierre de 2015 se contabilizaron 42 088 personas laborando en el PJF.
En la SCJN se registraron 3 418 personas: 11 ministros, 561 personas como personal jurisdiccional de apoyo, 2 701 como personal administrativo y 145 correspondieron a otro tipo de cargo. 

Respecto de los recursos humanos en el TEPJF, se contabilizaron 1 630 personas: seis magistrados de Sala Superior, 18 magistrados de salas regionales, 948 empleados como personal jurisdiccional de apoyo y 658 como personal administrativo. 

Por ultimo, en el Consejo de la Judicatura Federal hubo 37 040 personas laborando: seis consejeros (además del Consejero Presidente que también funge como Ministro Presidente de la SCJN), 710 magistrados de tribunales colegiados de circuito, 94 magistrados de tribunales unitarios de circuito, 442 jueces de distrito, 29 641 personas como personal jurisdiccional de apoyo y 6 147 como personal administrativo. El resto corresponde a personal del Instituto Federal de Defensoría Pública, cuyas características se verán más adelante. La gráfica 8 muestra que en el caso de los magistrados y jueces la proporción de hombres y mujeres es muy similar, alrededor de 20 por ciento son mujeres y 80 por ciento hombres. 

El presupuesto ejercido al cierre de 2015 por el PJF ascendió a 50 mil 581 millones 979 mil 454 pesos. De los cuales, casi ocho por ciento correspondió a la SCJN, poco menos del seis por ciento al TEPJF y 86.7 por ciento al CJF, en el que se incluye el presupuesto de los tribunales y juzgados.

El Instituto Federal de Defensoría Pública es el órgano del CJF cuya función es prestar servicios de defensa en materia penal y asesoría jurídica en materias administrativa, fiscal y civil de forma gratuita, con la finalidad de que las personas que no cuentan con los recursos suficientes puedan estar en condiciones de igualdad de acceso a la justicia. De este modo, es importante conocer la cantidad de servidores públicos destinados para tal efecto y cifras asociadas al ejercicio de su función.

En 2015, se contabilizaron 2 472 servidores públicos en el Instituto Federal de Defensoría Pública (IFDP), 1 263 hombres y 1 209 mujeres. De acuerdo con su cargo se distribuyeron como sigue: 1 397 personal administrativo y de apoyo, 810 defensores públicos, 160 asesores jurídicos, 46 trabajadores sociales, 27 supervisores, 27 delegados, cuatro evaluadores y el director general.

Sobre las características de los defensores se puede resaltar que 25 de ellos eran defensores bilingües. En cuanto al órgano ministerial o jurisdiccional al que estuvieron asignados, 211 estuvieron adscritos a agencias del ministerio público de la Federación, 176 a tribunales unitarios de circuito, 377 a juzgados de distrito y 46 se distribuyeron en otros órganos

En 2015 ingresaron en total a la SCJN 6 897 asuntos y se resolvieron 7 814. En cuanto al pleno, la mayor cantidad de asuntos jurisdiccionales ingresados fue en materia administrativa con 36.5 por ciento, le siguieron la materia laboral con 20.4 por ciento y las materias civil, penal y constitucional con 18.1, 15.9 y casi cuatro por ciento respectivamente. Cabe mencionar que para otras materias, se ingresó el poco más del cinco por ciento. Respecto de los asuntos resueltos, el mayor número correspondió a la materia administrativa, con 35 por ciento del total, le siguieron los asuntos en materia constitucional con 30.9 por ciento y en materia laboral con 16.3 por ciento.

No obstante, visto en relación con la cantidad de asuntos ingresados por materia, el porcentaje de resolución más alto se tuvo en materia constitucional con 50 por ciento, posteriormente, otros asuntos con 14.2 por ciento, administrativa y laboral con seis y cinco por ciento respectivamente, y en materia civil con poco más del uno por ciento. En materia penal, el porcentaje de resolución fue menor al 1 por ciento.


En el caso de la Primera Sala, la mayor cantidad de asuntos ingresados fue en materia civil (41.7 por ciento), después, materia administrativa (33.3 por ciento) y penal (25 por ciento). Por su parte, para los asuntos resueltos la cifra más alta se registró en materia civil (37.4 por ciento), le siguieron los de materia penal (35.4 por ciento) y administrativa (20.4 por ciento). En la gráfica siguiente se puede apreciar que en todas las materias la cantidad de asuntos resueltos fue superior a la cifra de los que ingresaron, lo anterior debido a que los asuntos que se resolvieron pudieron ser aquellos que quedaron pendientes en años anteriores.

En la Segunda Sala las materias con más asuntos ingresados fueron: materia administrativa (83.3 por ciento del total), y materia laboral (13.3 por ciento). En el caso de los resueltos: materia administrativa (casi 56 por ciento) y laboral (36.4 por ciento). De igual forma, el número de asuntos resueltos fue mayor al de ingresados.

Con respecto al tipo de resoluciones en la SCJN (13 608 asuntos resueltos), casi el 50 por ciento fueron resueltos con sentencia de fondo, 44.8 por ciento se resolvieron sin sentencia por desechamiento, y menos del cuatro por ciento fueron resueltos sin sentencia por sobreseimiento, el resto tuvo otro tipo de resolución.

Al inicio de 2015, en los tribunales colegiados de circuito se registraron 117 706 asuntos, y durante el año ingresaron 385 723 y se resolvieron 380 519. Por su parte, en los tribunales unitarios de circuito se tenían 9 359 asuntos al iniciar 2015, y durante el mismo año ingresaron 45 616 asuntos y se resolvieron 45 888. Por último, en los juzgados de distrito se contabilizaron 149 497 asuntos al inicio del año, y a lo largo de él ingresaron 620 311 y se concluyeron 606 344. La siguiente gráfica muestra que la mayor cantidad de asuntos que atendieron los juzgados de distrito y los tribunales colegiados de circuito fue de materia administrativa. En contraste, en los tribunales unitarios de circuito el número más alto de asuntos atendidos fue de materia penal. Sin embargo, el mayor porcentaje de resolución se registró en materia civil por parte de los tribunales colegiados de circuito con 79.8 por ciento; en los tribunales unitarios de circuito el 87.6 por ciento en material administrativa, mientras que para los juzgados de distrito fue en material laboral con 88.2 por ciento de resolución.

Atendiendo al tipo de procedimiento tramitado en los asuntos conocidos por estas instancias, el mayor número correspondió a los amparos directos en el caso de los tribunales colegiados de circuito; le siguieron los amparos en revisión, las quejas, las revisiones fiscales y las reclamaciones. En cuanto a los tribunales unitarios de circuito, los procedimientos más frecuentes fueron los procesos federales penales en segunda instancia. Y en los juzgados de distrito, la cifra más alta correspondió a los amparos indirectos, seguidos de los procesos administrativos o civiles federales y las causas penales.

Respecto de la duración promedio de los asuntos resueltos, en los tribunales colegiados, aquellos que toma menos tiempo resolver son los relacionados con los conflictos de acumulación entre jueces de distrito, las reclamaciones y los impedimentos, con 27, 35 y 44 días; mientras que las inconformidades (Acuerdo 5/2001 del Tribunal Pleno SCJN) toman 109 días, los amparos en revisión 111 días y los amparos directos toman hasta 137 días en concluirse. En los tribunales unitarios, los procesos administrativos o civiles toman en promedio 64 días para resolverse, en tanto que los amparos indirectos toman hasta 93 días. Y en los juzgados de distrito, los amparos indirectos conllevan 75 días para su resolución; en contraste, los procedimientos de extradición demoran alrededor de 314 días y las causas penales hasta 397 días.

Fuente: Censo Nacional de Justicia Federal, 2016. INEGI.

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